Como parte de su compromiso con el bienestar integral de los asociados y sus familias, Fondecor ofrece el Auxilio por Nacimiento de Hijo, un beneficio creado para acompañar y apoyar a los asociados en uno de los momentos más significativos y felices de la vida familiar: la llegada de un nuevo hijo.
Este auxilio constituye una expresión de solidaridad y cercanía por parte de Fondecor, brindando un apoyo económico que contribuya a atender algunas de las necesidades que surgen con el nacimiento de un hijo y que represente un reconocimiento a la importancia de este acontecimiento para el asociado y su núcleo familiar.
A través de este beneficio, Fondecor reafirma su compromiso con el fortalecimiento de la familia como eje fundamental del bienestar de sus asociados, acompañándolos en las diferentes etapas de su proyecto de vida y promoviendo acciones que contribuyan a su estabilidad y desarrollo.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios del Auxilio por Nacimiento de Hijo los Asociados que cumplan con los requisitos y documentación expuesta.
Requisitos
Parágrafo: Para el caso de las solicitudes de asociados cuya incapacidad sea igual o superior a 151 días, se tomará como referencia la fecha de inicio de la incapacidad para validar el requisito de estar al día en sus obligaciones, para cualquier solicitud de auxilio del fondo de solidaridad.
Documentación a presentar
Utilización
El Auxilio por Nacimiento de Hijo se otorgará una única vez por año calendario, independientemente de que durante dicho período el asociado registre el nacimiento de dos (2) o más hijos.
Monto de los Auxilios
Los montos de los auxilios otorgados por el Fondo de Solidaridad estarán sujetos a ajustes, los cuales se realizarán conforme a los recursos disponibles y a la distribución de excedentes aprobados correspondientes al año anterior.
El desembolso del auxilio solicitado se llevará a cabo en la Cuenta Bancaria del Asociado, registrada en Fondecor.
Observaciones
Los auxilios por Nacimiento de Hijo, se otorgarán de manera individual, por asociado, independientemente de que su cónyuge o pareja también sea asociado(a) del Fondo.
Los auxilios se otorgarán de acuerdo con el orden cronológico de presentación y hasta el agotamiento de las partidas establecidas para el Fondo de Solidaridad y aprobadas por el Comité de Fondos Sociales. La Junta Directiva decidirá el otorgamiento de auxilios de solidaridad, sólo en caso de diferencias en la interpretación de la reglamentación vigente que impida un consenso entre los miembros del Comité de Fondos Sociales y además informará a la administración según recomendación del comité de Fondo Social de que rubro se tomará para seguir beneficiando a los asociados que soliciten auxilios de solidaridad.
Si existiera un elevado número de solicitudes, se llevará a Junta Directiva, la propuesta de traslado de recursos o solicitud de recursos si, los recursos del fondo social asignados al programa se hubieren agotado o fueren insuficientes.
En caso de presentarse fraude en algunas de las solicitudes aprobadas en el Fondo de Solidaridad, la Administración de Fondecor procederá de acuerdo con lo establecido en el Estatuto. Los asociados que incurrieren en fraude a los Fondos Sociales de Solidaridad serán sancionados con la devolución del monto del auxilio más los intereses financieros hasta la tasa de interés máxima legal permitida, por el uso indebido de estos dineros.
Pasos para aplicar
Horario: de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 11:30 a.m. y de 1:30 p.m. a 5:00 p.m.
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